Cónyuge de colombiano
La categoría de cónyuge depende de matrimonio legalmente reconocido y de la documentación indicada por Cancillería. Para R por tiempo acumulado se publica un mínimo de tres años como M Cónyuge, si se cumplen las demás condiciones.
Compañero permanente de colombiano
La unión permanente tiene requisitos propios de reconocimiento y soporte. El plazo publicado para R por tiempo acumulado como M Compañero Permanente es cinco años, no los tres del matrimonio.
Qué verificar antes de solicitar
Comprueba tu categoría de vínculo, validez de documentos civiles, apostilla y traducción cuando corresponda y soportes de continuidad de la relación. El directorio vigente de visas detalla los requisitos por categoría.
El tiempo no garantiza visa R
Cumplir tres o cinco años no otorga residencia por sí solo. Se necesita estatus que compute y cumplir los requisitos de solicitud vigentes.
Fuentes oficiales
Enlaces directos a páginas del Gobierno de Colombia; comprueba si hubo cambios antes de solicitar. Revisado el 29 de octubre de 2026.
https://www.cancilleria.gov.co/atencion-y-servicio-al-ciudadano/tramites-y-servicios/visa/necesito-un-visa ↗https://cancilleria.gov.co/normograma/compilacion/docs/resolucion_minrelaciones_9316_2024.htm ↗Sigue explorando
Guía editorial independiente, no asesoría jurídica. Normas y tarifas pueden cambiar; confirma tu situación con las autoridades.